Artículo 2°.- Se autoriza igualmente al Presidente de la República para invertir hasta la suma de un millón de pesos ($ 1.000,000) en la construcción del edificio del Liceo de Niñas de Osorno; hasta seiscientos mil pesos ($ 600,000) en ampliar los edificios del Internado y del Liceo de Hombres de Osorno; hasta cuatrocientos mil pesos ($ 400,000) en la construcción de un gimnasio cubierto, y ciento cincuenta mil pesos ($ 150,000) para la terminación del gimnasio y estadio de Ancud.