AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR LA SUMA DE $ 4.000,000 EN LA CONSTRUCCION DE LA ESCUELA DE ARTESANOS DE ANGOL
    El Congreso Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cuatro millones de pesos ($ 4.000,000) en la construcción del edificio y dotación de los talleres de la Escuela de Artesanos de Angol.
    El gasto se financiará con cargo a las entradas provenientes de la ley número 7,160, de 21 de Enero de 1942, y a contar desde el 1° de Enero de 1943.
    La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


    Por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a diez de Noviembre de mil novecientos cuarenta y dos.- JUAN ANTONIO RIOS M.- Gmo. del Pedregal.- Benjamín Claro.