Artículo 5º.- El Comité de CoordinaciónLey 21091
Art. 81 N° 5 a) y b)
D.O. 29.05.2018 sesionará, a lo menos, seis veces en el año, pudiendo reunirse extraordinariamente a petición de cualquiera de sus miembros o por solicitud fundada de alguno de los integrantes de los órganos que componen el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
Art. 81 N° 5 a) y b)
D.O. 29.05.2018 sesionará, a lo menos, seis veces en el año, pudiendo reunirse extraordinariamente a petición de cualquiera de sus miembros o por solicitud fundada de alguno de los integrantes de los órganos que componen el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
Un Reglamento definirá la forma de funcionamiento del Comité de Coordinación.