Artículo 24.- Si en el ejercicio de sus funcionesLey 21091
Art. 81 N° 26 a) y b)
D.O. 29.05.2018 la Comisión toma conocimiento de que la institución evaluada ha incurrido en alguna de las situaciones con templadas en los artículos 64, 74 u 81 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, según corresponda, deberá poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio de Educación a fin de que este organismo proceda en conformidad con lo dispuesto en dichas normas.
Art. 81 N° 26 a) y b)
D.O. 29.05.2018 la Comisión toma conocimiento de que la institución evaluada ha incurrido en alguna de las situaciones con templadas en los artículos 64, 74 u 81 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, según corresponda, deberá poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio de Educación a fin de que este organismo proceda en conformidad con lo dispuesto en dichas normas.