Artículo 29.- Si en Ley 21091
Art. 81 N° 37 a)
D.O. 29.05.2018el ejercicio de sus funciones, la Comisión toma conocimiento de que en determinadas carreras y programas de pregrado se han producido situaciones que pueden ser constitutivas de alguna de las causales señaladas en los artículos Ley 21091
Art. 81 N° 37 b)
D.O. 29.05.201864, 74 u 81 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, deberán poner los antecedentes respectivos en conocimiento del Ministerio de Educación, a fin de que dicho organismo proceda de acuerdo con lo dispuesto en dichas normas.
Art. 81 N° 37 a)
D.O. 29.05.2018el ejercicio de sus funciones, la Comisión toma conocimiento de que en determinadas carreras y programas de pregrado se han producido situaciones que pueden ser constitutivas de alguna de las causales señaladas en los artículos Ley 21091
Art. 81 N° 37 b)
D.O. 29.05.201864, 74 u 81 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, deberán poner los antecedentes respectivos en conocimiento del Ministerio de Educación, a fin de que dicho organismo proceda de acuerdo con lo dispuesto en dichas normas.