MODIFICA DECRETO Nº 663 EXENTO, DE 2003, QUE ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS EN LA X REGION
Núm. 1.285 exento.- Santiago, 8 de noviembre de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DFL Nº 5 de 1983; los DS Nº 355 de 1995, Nº 572 de 2000 y Nº 253 de 2002 y el decreto exento Nº 663 de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Memorándum Técnico DAD Nº 16/06 de fecha 5 de octubre de 2006, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo 1º numeral 7. del decreto exento Nº 663 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Loyola Sector B, en la X Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada, con el objeto de regularizar la cartografía base del área;
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 1º numeral 7. del decreto exento Nº 663 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Loyola Sector B, en la X Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes:
CARTA IGM 4230-7230; 1ª ED. 1971; ESC. 1:50.000
Puntos Latitud Longitud
A 42º30'39.73" 072º44'44.14"
B 42º30'27.94" 072º44'34.56"
C 42º30'26.98" 072º43'58.94"
D 42º30'32.51" 072º43'49.49"
E 42º30'32.47" 072º43'28.75"
F 42º30'21.66" 072º43'20.74"
G 42º30'29.66" 072º42'49.26"
H 42º30'31.00" 072º42'21.61"
I 42º30'37.61" 072º42'23.69"
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Alejandro Ferreiro Yazigi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Angela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).