Artículo 75. Existirá en el servicio de Correos y Telégrafos una Junta Calificadora encargada de la formación de las listas de selección y méritos del personal, y que la compondrán:
a) El Director General;
b) Los Directores de Departamento, y
c) Los Visitadores.
Para llenar su cometido, la Junta se ajustará a lo que determinen los reglamentos de ascensos y calificaciones.