Art. 24. Cada página del Repertorio se dividirá en cinco columnas, destinadas a recibir las enunciaciones siguientes:
    1ª. El nombre y apellido de la persona que presenta el título.
    2ª. La naturaleza del acto o contrato que contenga la inscripción que trata de hacerse.
    3ª. La clase de inscripción que se pide; por ejemplo, si es de dominio, hipoteca, etc.
    4ª. La hora, día y mes de la presentación.
    5ª. El Registro parcial en que, según el artículo 32, debe hacerse la inscripción, y el número que en él le corresponde.