AUTORIZA AL TESORERO COMUNAL DE ARICA PARA PAGAR, EN LA FORMA QUE SE INDICA, A LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION LAS CUOTAS DEL SERVICIO DEL EMPRESTITO QUE ESTA CONCEDIO A LA MUNICIPALIDAD DE DICHA CIUDAD Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1°.- Autorízase al Tesorero Comunal de Arica para que, a falta de dictación oportuna del respectivo decreto alcaldicio, pueda pagar a la Corporación de Fomento de la Producción las cuotas del servicio del empréstito que ésta concedió a la Municipalidad de Arica, para la terminación del balneario ubicado en la playa Muller.

    Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, a dieciocho de Enero de mil novecientos cuarenta y tres.- JUAN ANTONIO RIOS M.- Gmo. del Pedregal.