Ley núm. 10,760

RECONOCE EL TIEMPO QUE INDICA A DON AUGUSTO ZAÑARTU P., PARA LOS EFECTOS DEL MONTEPIO DE QUE DISFRUTA DOÑA RAQUEL CARTAGENA VIUDA DE ZAÑARTU

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Para los efectos del montepío de doña Raquel Cartagena, viuda de don A gusto Zañartu Prieto, a que se refiere el D.F.L. N.o 3,743, de 26 de Diciembre de 1927, reconócense los 3 años 6 meses y 14 días de servicios prestado en la Dirección de Investigaciones, Identificación y Pasaportes, por el ex Archivero General de Aviación don Augusto Zañartu Prieto, desde el 1.o de Julio de 1933 al 15 de Enero de 1937, para lo cual se traspasarán o se efectuarán los descuentos que correspondan para la Caja de Retiro y Montepío de las Fuerzas de Defensa Nacional.
    La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a once de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.