Ley núm. 10,779

ABONA EL TIEMPO QUE INDICA EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON PEDRO P. BAHAMONDEZ B.

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Pedro Pascual Bahamóndez Bahamóndez, los 6 años, 4 meses y 28 días que se ha desempeñado como peluquero en diversos buques de la Armada Nacional.
    El gasto que importa la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a once de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.