Art. 159. Si el reo hubiere cometido en varios departamentos delitos de distinta gravedad, será juez competente para conocer de todos ellos el de aquel departamento en que cometió el último crimen, o en su defecto, el último simple delito.
Si los delitos se coLEY 7836
Art. 2
D.O. 07.09.1944meten en un departamento en que existan dos o más Juzgados de igual jurisdicción, será competente para conocer de los procesos que se deban acumular de acuerdo con el artículo siguiente, el juez que conozca del proceso más antiguo.
Art. 2
D.O. 07.09.1944meten en un departamento en que existan dos o más Juzgados de igual jurisdicción, será competente para conocer de los procesos que se deban acumular de acuerdo con el artículo siguiente, el juez que conozca del proceso más antiguo.