Art. 230. Tampoco podrán someterse a la decLEY 18969
Art. Primero N° 29
D.O. 10.03.1990isión de árbitro las causas criminales, las de policía local, las que se susciten entre un represente legal y su representado, y aquellas en que debe ser oído el fiLEY 19665
Art. 11
D.O. 09.03.2000scal judicial.
Art. Primero N° 29
D.O. 10.03.1990isión de árbitro las causas criminales, las de policía local, las que se susciten entre un represente legal y su representado, y aquellas en que debe ser oído el fiLEY 19665
Art. 11
D.O. 09.03.2000scal judicial.
Todo lo cual se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 227.