Art. 300. Los miembros de la Corte Suprema prestaránLey 21394
Art. 6º N° 7
D.O. 30.11.2021
su juramento o promesa presencialmente o por vía remota mediante videoconferencia ante el presidente del mismo tribunal.
    Los de las Cortes de Apelaciones ante el presidente del respectivo tribunal.
    Ante el mismo funcionario lo prestaráLEY 18176
Art. 12
D.O. 25.10.1982
n también los jueces de letrDL 2416, JUSTICIA
Art. 9
D.O. 10.01.1979
as.