MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 24, DE 1980

    Santiago, 20 de Enero de 1982.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 64.- Visto: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.528, de 1980, en los decretos supremos Nºs 24 de 1980 y 660, de 1981, de Interior y en el artículo 32 Nº 8º de la Constitución del Estado de Chile, y

    Considerando:

    Que en casos calificados se hace necesario ampliar el plazo para la adjudicación de las propuestas que, por su importancia y complejidad, requieren de un lapso mayor para su debido estudio por las empresas,
    Decreto:

    Artículo único.- Introdúcese la siguiente modificación al artículo 7º de decreto supremo Nº 24, de 1980, de Interior.
    Intercálase, entre los incisos tercero y cuarto, el siguiente:
    "El plazo anteriormente señalado podrá ampliarse hasta por 60 días, mediante decreto supremo fundado, en aquellos casos en que, para el estudio de las bases de propuesta por las empresas, sea necesario un lapso superior".

    Tómese razón, regístrese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Montero Marx, Ministro del Interior Subrogante.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Ignacio García Rodríguez, Ministro Subsecretario del Interior suplente.