RECTIFICA DECRETO Nº 833 EXENTO, DE 2005

    Núm. 1.406 exento.- Santiago, 24 de noviembre de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, Nº 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 572 de 2000 y Nº 253 de 2002 y el Decreto Exento N° 833 de 2005, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Informe de Coordenadas Nº 82/06 de fecha 27 de junio de 2006 contenido en el Memorándum Técnico (DAD) Nº 08/06 de fecha 18 de julio de 2006, ambos de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca.

    Considerando:

    Que el artículo 1º del Decreto Exento Nº 833 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada La Cachina, en la IV Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
    Que según las observaciones del Informe de Coordenadas Nº 82/06 contenido en el Memorándum Técnico (DAD) Nº 08/06, ambos citados en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, da cuenta de un error al indicar las coordenadas geográficas del área de manejo señalada; por lo cual recomienda rectificar las coordenadas geográficas del sector, con el objeto de regularizar la cartografía base del área antes individualizada;

    Decreto:

    Artículo único. Rectifícase el artículo 1° del Decreto Exento Nº 833 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada La Cachina, en la IV Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes:

(CARTA IGM Nº 3145-7130; 1ª ED. 1967; ESC.1:50.000)

    Puntos      Latitud              Longitud

      A      31° 55' 42.02"      071° 30' 41.61"
      B      31° 55' 42.02"      071° 30' 45.04"
      C      31° 56' 33.91"      071° 31' 26.24"
      D      31° 56' 43.00"      071° 31' 45.99"
      E      31° 56' 56.45"      071° 31' 45.99"
      F      31° 57' 27.42"      071° 31' 31.73"
      G      31° 57' 27.42"      071° 31' 19.68"
      H      31° 56' 50.78"      071° 31' 19.68"

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Alejandro Ferreiro Yazigi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.