Artículo 4° De las entradas a que se refiere el inciso primero del artículo segundo, se destinarán, además, cinco millones de pesos a la reconstucción la ciudad de Calbuco.
    Dicha cantidad se destinará a conceder préstamos hasta por la suma de cien mil pesos a los damnificados por el incendio que destruyó dicha ciudad en Enero del presente año, a fin de que construyan sus casas.