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Decreto 80

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Decreto 80

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Decreto 80 CREA EL PARQUE NACIONAL DE TURISMO QUE SE DENOMINARA ALBERTO M. DE AGOSTINI

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Decreto 80

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Promulgación: 22-ENE-1965

Publicación: 24-FEB-1965

Versión: Última Versión - 25-JUN-1985

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CREA EL PARQUE NACIONAL DE TURISMO QUE SE DENOMINARA
NOTA:
"ALBERTO M. DE AGOSTINI"

    Santiago, 22 de Enero de 1965.- Hoy se decretó lo que sigue:

    Núm. 80.- Visto: Lo manifestado por la Dirección General de Agricultura y Pesca, en su oficio N.o 489, de 4 de Marzo de 1964; lo informado por la Subsecretaría del Ministerio de Tierras y Colonización, en su oficio número 453, de 13 de Enero último; lo dispuesto en los artículos 10.o y 11.o, del decreto supremo número 4.363, de 30 de Junio de 1931, expedido por el Ministerio de Tierras y Colonización, que contiene el texto refundido de la Ley de Bosques, modificada por la ley N.o 15.066, de 14 de Diciembre de 1962; los D.F.L. números 294, de 5 de Abril de 1960 y 301, de 6 de Abril de 1960, orgánicos del Ministerio de Agricultura y de la Dirección General de Agricultura y Pesca, respectivamente, y

    Considerando:

    Que, conforme a lo establecido en el artículo 10.o de la Ley de Bosques, pueden crearse, en terrenos fiscales, "Parques Nacionales de Turismo", con el objeto de garantizar la vida de determinadas especies arbóreas y conservar la belleza del paisaje;

    Que, en diferentes lugares del territorio nacional, existen terrenos fiscales que reúnen las características para ser declarados "Parques Nacionales de Turismo";

    Que, entre dichos terrenos, se encuentra uno de singular belleza, por el conjunto natural y armónico de canales, fiordos, fauna y bosques con especies de gran valor, rodeados por el Monte Sarmiento y la Cordillera Darwin, terrenos ubicados en la comuna de Porvenir, departamento de Tierra del Fuego, provincia de Magallanes.

    Decreto:

NOTA:
      El DTO 136, Bienes Nacionales, publicado el 25.06.1985, incorpora al Parque Nacional "Alberto M. de Agostini", creado por la presente norma, la Reserva Forestal "Holanda" y parte del Parque Nacional "Hernando de Magallanes", quedando con una superficie de un millón cuatrocientas sesenta mil hectáreas (1.460.000,00 H s.) y con los deslindes que se indican en la citada norma.
    A) Reemplázase el número 1.o, por el siguiente:
    1.o- Créase el Parque Nacional "Alberto M.DTO 252,
AGRICULTURA
Art. segundo A)
D.O. 01.08.1969
D'Agostini", el que estará formado por los terrenos fiscales situados en la comuna de Porvenir, departamento de Tierra del Fuego, provincia de Magallanes, de una extensión aproximada de setecientas noventa mil hectáreas (790.000 Hás), conforme a los planos oficiales de dicha provincia, con los siguientes deslindes:

    Norte: Los Canales Cockburn, Magdalena, Gabriel, Cascada y Seno Almirantazgo.
    Este: El meridiano 69.o 17', Lote N.o 10 y meridiano 60º 00'.
    Sur: El Lote N.o 4, el canal Beagle hasta el seno Darwin, el canal Barros Merino, la Bahía Cook y el Océano Pacífico.
    Oeste: El Océano Pacífico y el canal Cockburn.

    B) Sustitúyese el N.o 2º por el siguiente:
    2.o El Parque Nacional de Turismo creado por elDTO 252,
AGRICULTURA
Art. segundo B)
D.O. 01.08.1969
presente decreto, quedará bajo la tuición y administración del Servicio Agrícola y Ganadero, facultad que ejercerá a través de su División Forestal.
    3.o- El Departamento Forestal, deberá archivar el Plano N.o 51, de Magallanes, que se acompaña.

    Tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese y anótese en el Departamento de Bienes Nacionales.- E. FREI M.- Hugo Trivelli F., Ministro de Agricultura y Pesca y de Tierras y Colonización.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Martín Olmedo Daroch, Subsecretario de Agricultura, subrogante.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 25-JUN-1985
25-JUN-1985
Texto Original
De 24-FEB-1965
24-FEB-1965 24-JUN-1985

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