Decreto 1687
Decreto 1687 SANCIONA ENMIENDA Nº 2 AL PLAN REGULADOR COMUNAL
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA
Promulgación: 28-NOV-2006
Publicación: 19-DIC-2006
Versión: Única - 19-DIC-2006
SANCIONA ENMIENDA Nº 2 AL PLAN REGULADOR COMUNAL
Villa Alemana, 28 de noviembre de 2006.- Con esta misma fecha el Sr. Alcalde ha emitido el siguiente decreto:
Núm. 1.687.- Vistos:
1.- El Ord. Nº065 de fecha 24 de noviembre de 2006 de la Asesor Urbanista, en que solicita la dictación del decreto que sancione el acuerdo del Concejo Comunal, mediante el cual dio su aprobación a la Enmienda Nº2 al Plan Regulador Comunal;
2.- La publicación efectuada en el diario "El Mercurio" de Valparaíso el día 22 de junio de 2003, mediante la cual se informó a la comunidad sobre la Enmienda Nº2 al Plan Regulador Comunal, sobre aumento del coeficiente de ocupación de suelo para los usos de equipamiento de la clase comercio en el sector comercial de calles Santiago y Buenos Aires entre Progreso y Aranda pertenecientes a la zona E1b del Plan Regulador. En dicha publicación se comunicó a los vecinos el plazo de exhibición de los respectivos antecedentes desde el día 26 de junio de 2003, y el plazo para formular observaciones y se convocó a los vecinos a dos audiencias públicas, las cuales se llevaron a efecto los días 26 de junio de 2003 y 10 de julio de 2003;
3.- El certificado emitido por la Secretaria de Actas del Consejo Económico y Social Comunal de Villa Alemana en que certifica que en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de octubre de 2003 el referido Consejo fue consultado sobre la Enmienda Nº2 sobre el aumento a 1 del coeficiente de ocupación de suelo para el uso de equipamiento de la clase comercio en el sector de calles Santiago y Buenos Aires Zona E1b del Plan Regulador y emitió su opinión favorable;
4.- El acuerdo unánime del Concejo Municipal de Villa Alemana adoptado en Sesión Ordinaria Nº97 de fecha 16 de octubre de 2003 en orden a aprobar la Enmienda Nº2 al Plan Regulador Comunal, relativo a aprobar la Enmienda Nº 2 al Plan regulador, sobre aumento del coeficiente de ocupación de suelo a 1, para el uso de equipamiento de la clase comercio, constando además el no haber sido presentada ninguna observación por parte de la comunidad;
5.- El certificado Nº562 extendido por la Secretaria Municipal Abogado Sra. María Delia Cangas Soissa, de fecha 21 de octubre de 2003, que acredita el Acuerdo unánime del Concejo Municipal adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 16 de octubre de 2003, relativo a aprobar la Enmienda Nº 2 al Plan Regulador;
6.- Lo dispuesto en los artículos Nº45 inciso 2º Nº3 del DFL 458/76 Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 2.1.13. inciso cuarto letra c) del D.S. Nº 47/2002 que contiene la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones;
7.- Las facultades que me confieren los artículos Nº56 y Nº63 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones;
Decreto:
1.- Sanciónase la Enmienda Nº2 al Plan Regulador Comunal de Villa Alemana, acordada por el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria Nº 23 celebrada con fecha 18 de enero de 2006, en el sentido de aumentar a 1 el coeficiente de ocupación de suelo establecido en la Ordenanza Local del Plan Regulador, para los usos de Equipamiento correspondientes a la clase comercio de las zonas E1-b según se establece en el texto de la Memoria Explicativa, Ordenanza y plano PE-2, documentos elaborados por la Municipalidad de Villa Alemana, que por el presente decreto se aprueban.
2.- Publíquese el presente decreto y la Ordenanza respectiva en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
3.- Archívense los antecedentes en el Municipio y en el Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
4.- Remítase copia de este decreto, de la Ordenanza y demás antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Quinta Región y a la División de Desarrollo Urbano del mismo Ministerio, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Raúl Bustamante Bertoglio, Alcalde.- María Delia Cangas Soissa, Secretaria Municipal.
ORDENANZA ENMIENDA Nº2:
Artículo único: Incorpórese a las normas de Subdivisión de la propiedad y Edificación, establecidas en el artículo 18 , para las zonas E1-b de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Villa Alemana el siguiente punto Nº3 :
3.- Para los usos de Equipamiento de la clase Comercio que se emplacen en predios que tengan frente a calle Santiago y a calle Buenos Aires entre calle Progreso y calle Aranda, se establecen las siguientes condiciones de edificación:
a) Superficie mínima predial: 400 m²
b) Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 1
c) Coeficiente máximo de constructibilidad: 2, cualquiera sea la superficie predial.
d) Tipo de agrupamiento: aislado, pareado y continuo.
e) Antejardín mínimo : hasta 7 metros no se exige.
: sobre 7,00 metros: 3 mts
Para las demás condiciones de edificación, se aplicará las generales de esta zona E1-b.
Raúl Bustamante Bertoglio, Alcalde.- María Cangas Soissa, Secretaria Municipal.- Jorge Jorquera Ortiz, Director de Obras.- Patricia Sánchez Rojas, Asesor Urbanista.
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