MODIFICA LA LEY N.° 7,314, QUE AUTORIZO A LA MUNICIPALIDAD DE CURICO PARA CONTRATAR EMPRESTITO POR LA SUMA DE $ 2.400,000
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1.° Se deroga el artículo 9.° de la Ley N.° 7,314, de Octubre de 1942, que autorizó a la Municipalidad del Curicó para contratar un empréstito por la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos ($ 2.400,000) y se autorizó a las instituciones beneficiadas para invertir libremente los fondos obtenidos y en fines que la expresada Ley determina.
    "Artículo 2.° La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, a veitinueve de Agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro.- JUAN ANTONIO RIOS M.- Arturo Matte L.