"Artículo 1.° Autorízase a la Municipalidad de Penco para que, directamente o por medio de la emisión de bonos, contrate uno o varios empréstitos que produzcan en total hasta la suma de quinientos cuarenta mil pesos ($ 540,000).
Si el empréstito se contrata en bonos éstos ganarán un interés no mayor del 7% anual y una amortización acumulativa, también anual, no inferior del 1%. Estos bonos no podrán colocarse a un precio inferior al 85% de su valor nominal.
Si el empréstito se coloca directamente, la Municipalidad de Penco podrá convenir un interés no superior del 8% y una amortización acumulativa no inferior del 2%, ambos anuales.