"Artículo 1.° Autorízase a la Municipalidad de Viña del Mar para continuar cobrando la contribución adicional del uno por mil sobre haberes o bienes raíces establecida en el artículo 6.° de la Ley 3.058, de 4 de Febrero de 1916, después de la cancelación total del empréstito a cuyo servicio se destina el producto de dicho uno por mil adicional.