DESIGNA ADMINISTRADOR PROVISIONAL DE LA ESCUELA PEQUEÑOS AMIGOS DE LA COMUNA DE PENCO, DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 11 DEL DECRETO SUPREMO DE EDUCACION Nº 8.143, DE 1980
    Núm. 9.063 exenta.- Santiago, 13 de diciembre de 2006.

    Considerando:

    Que, mediante oficio ordinario Nº 3.771, de 17 de noviembre de 2006, la Secretaría Ministerial de Educación de la Región del Bío-Bío solicita el nombramiento de un Administrador Provisional Extraordinario en el establecimiento Educacional denominado "Pequeños Amigos", de la Comuna de Penco, por fallecimiento del sostenedor doña Gloria Méndez Briones;
    Que la autoridad regional propone para que asuma las funciones de Administrador Provisional a don Eduardo Radomiro Gatica Barrientos, funcionario a contrata, del Departamento Provincial de Educación de Concepción;
    Que, con el fin de asegurar la continuidad del servicio educacional, es indispensable designar un administrador provisional;
    Que esta medida permitirá el normal desarrollo de las actividades escolares en el establecimiento, facilitando que los alumnos continúen sus estudios en forma normal;

    Visto: Lo dispuesto en el artículo 11 del decreto supremo de Educación Nº 8.143, de 1980, modificado por decretos supremos de Educación Nºs 631, de 1985, 441, de 1991 y 848, de 1993; el artículo 6º del decreto supremo Nº 8.144, de 1980; resolución Nº 520, de la Contraloría General de la República, de 1996, y sus modificaciones,
    Resuelvo:

    Artículo 1º: Señálese que ha quedado sin efecto la calidad de sostenedor de doña Gloria Méndez Briones, del establecimiento educacional "Pequeños Amigos", de la Comuna de Penco.

    Artículo 2º: Desígnese a don Eduardo Radomiro Gatica Barrientos, Supervisor Técnico Pedagógico, RUT Nº 10.839.083-2, del Departamento Provincial de Concepción, Grado 12 EUR como Administrador Provisional de la Escuela "Pequeños Amigos", RBD Nº 12.019, de la Comuna de Penco.

    El funcionario designado administrador tendrá las facultades dispuestas en el artículo 2.132 del Código Civil, especialmente la de percibir la subvención que corresponda al citado establecimiento educacional.
    Artículo 3º: Por razones urgentes el Administrador designado asumirá sus funciones sin esperar la total tramitación de la presente resolución.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Pilar Romaguera Gracia, Subsecretaria de Educación.