APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A "CLUB SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA COMPAÑIA DE GAS", DE SANTIAGO
    Santiago, 24 de noviembre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 3.939 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución Nº 520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,

    Decreto:

    1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Club Social de los Empleados de la Compañía de Gas", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 3.856, de 7 de septiembre de 1945, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 25 de junio de 2004 y 6 de octubre de 2006, otorgadas ante los notarios públicos de Santiago, don Raúl Iván Perry Pefaur, la primera, y don Ulises Aburto Spitzer, suplente del titular Raúl Iván Perry Pefaur, la segunda.
    2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará "Club Social de los Trabajadores de Gasco S.A., Metrogas, Cobegas y Empresas Asociadas".
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.