Artículo 8.° La Municipalidad de Coltauco deberá consultar en su Presupuesto anual, en la partida de Ingresos Ordinarios, los recursos que destina esta ley al servicio del empréstito; en la partida de Egresos ordinarios, la cantidad a que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias; en la partida de Ingresos Extraordinarios, la suma que produzca la contratación del empréstito o la emisión de de bonos y en la partida de Egresos Extraordinarios, en plan de inversión autorizado.