MODIFICA RESOLUCION Nº 1.027 EXENTA, DE 2003
Núm. 2.502 exenta.- Santiago, 27 de diciembre de 2006.-Vistos: La ley 19.040, Lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, las Resoluciones Exentas Nºs 1027, de 23 de diciembre de 2003, 131, de 24 de enero de 2005, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, el Ord. N° 4527, de 19 de diciembre de 2006, del citado Ministerio y, la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, resulta necesario extender el plazo de vigencia del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros de la Región Metropolitana, de las modalidades de servicios no licitados, actualmente fijado en 36 meses, para así efectuar un eficiente proceso de renovación durante el primer semestre del año 2007.
2.- Que, para tal efecto el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante Ord. N°4527, citado en el Visto, ha autorizado a esta Secretaría Regional a extender dicho plazo a 42 meses,
Resuelvo:
Artículo 1º.- Sustitúyase en las letras a) y b) del numeral 1° de la Resolución Exenta Nº 1027, de 23 de diciembre de 2003, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, el guarismo "36" por "42".
Artículo 2º.- Los certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros de la Región Metropolitana, de aquellos vehículos adscritos a los servicios señalados en el numeral 1.- de la Resolución Exenta Nº 1027, citada en el Visto, y que tuvieren como fecha de vencimiento el 31 de diciembre de 2006 o una fecha posterior, según correspondiere, deberán ser sustituidos a su vencimiento por nuevos certificados que consignen el nuevo período de vigencia de inscripción, para lo cual los responsables de servicios deberán solicitarlo en esta Secretaría Regional, previo pago de los derechos correspondientes.
Sin perjuicio de lo anterior, los certificados emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, se mantendrán vigentes hasta completar la referida sustitución de documentos
Anótese y publíquese.- Pablo Rodríguez Olivares, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.