MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO A GTD TELESAT S.A.

    Santiago, 26 de octubre de 2006.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 619.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
c)  La resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
d)  El decreto supremo Nº 369 de 2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones.

    Considerando:

a)  Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 45.075 de 26.07.2006, complementado por ingreso Subtel Nº 51.427 de 01.09.2006 y Nº 52.285 de 07.09.2006.
b)  Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa GTD Telesat S.A., RUT Nº 96.721.280-6, con domicilio en calle Moneda Nº 920, piso 4º, oficina 408, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos autorizados, como se indica a continuación:

Etapas      Nombre Centro Telefónico      Región

  1                  Arica I                I
  2                  Copiapó I            III
  3                  Talca I              VII
  4                  Linares I            VII

  5                  Chillán I          VIII
  6                  Los Angeles I      VIII

Etapas  Inicio  Término  Inicio
        Obras    Obras    Servicio    Observación

1 a 6  16 Meses  17 Meses  18 Meses  Todos estos plazos
                                    están referidos a
                                    la fecha de
                                    publicación en el
                                    Diario Oficial del
                                    presente decreto.


    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Sergio Espejo Yaksic, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

División de la Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas y Transportes

Subdivisión Jurídica

Cursa con alcance decreto Nº 619, de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Nº 56.206.- Santiago, 24 de noviembre de 2006.-

    La Contraloría General ha dado curso regular al instrumento del epígrafe, a través del cual se modifica concesión de servicio público telefónico que indica, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que conforme a los antecedentes adjuntos, el documento mencionado en la letra d) de los Vistos del acto en examen, corresponde al decreto supremo Nº 369 de 1995 y no como allí se señala.
    Saluda atentamente a Us., Por orden del Contralor General de la República, Jefe Subdivisión Jurídica, División de la Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas y Transportes.

Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Presente.