DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO EL GUILLATUWE, EL PALIWE Y EL ELTUN DEL COMPLEJO RELIGIOSO Y CEREMONIAL DE LA COMUNIDAD MAPUCHE PEDRO ANCALEF, UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE PUTUE, COMUNA DE VILLARRICA, PROVINCIA DE CAUTIN, IX REGION DE LA ARAUCANIA
Núm. 2.128 exento.- Santiago, 26 de diciembre de 2006.-
Considerando:
Que, la actual Comunidad Mapuche denominada Pedro Ancalef es descendiente de los antiguos asentamientos indígenas, cuyas primeras referencias históricas se encuentran en las crónicas referidas a la fundación de la ciudad de Villarrica por abril del año 1552, señalada también en el plano regional del año 1846 de Claudio Gay que indica la naciente del Río Toltén y el asentamiento indígena citado. También existe una amplia referencia en el libro "Crónica de Villarrica; Memorias de la Campaña a Villarrica 1882- 1883", de F. A. Subercaseux, que relata hechos históricos militares que significaron una de las últimas acciones de la resistencia mapuche que venían de una guerra por tres siglos y la instalación definitiva del Ejército de Chile a cargo del Coronel Urrutia en los Llanos de Putue y su posterior asentamiento en la ciudad de Villarrica, acontecimientos que se conservan frescos en la memoria de los actuales descendientes de los antiguos linajes que fueron protagonistas de aquellos pasajes de alta relevancia.
Que, los espacios señalados como el Guillatuwe, el Paliwe y el Eltun o cementerio revisten alta significación cultural para la comunidad Pedro Ancalaf, los que son parte de un grupo de componentes diseminados en su territorio de antiguo asentamiento. Constituyen un conjunto de elementos interrelacionados, conformando un complejo de valores que responden a la estructura de la cosmovisión propia de la cultura mapuche, que anima la vida social y sustenta la práctica espiritual y religiosa de la comunidad referida, dándole el carácter étnico y cultural que le es propio.
Que, los emplazamientos del Guillatuwe, el Eltun o cementerio y el Paliwe se erigen en relación al entorno geográfico ambiental, representado por el Volcán Villarrica, el Río Toltén, el Río Voipir, el Lago Villarrica -mallohuelafquen-, junto a pequeños arroyos y lagunas, los que generan monumentalidad paisajística, así como las orientaciones geográficas de los emplazamientos, que inciden en la construcción del discurso espiritual y religioso propio de la comunidad Pedro Ancalef que se encuentra en plena vigencia.
Que, las vicisitudes históricas han desestructurado en términos formales el suelo donde se ubican los espacios de significación cultural; sin embargo, la fuerza de la costumbre y el ejercicio consuetudinario han mantenido vigente los significados religiosos y espirituales de la comunidad mencionada.
Que, el Guillatuwe es un espacio donde la comunidad realiza sus distintas rogativas y ceremonias de carácter sagrado, que ha sido utilizado por generaciones en el mismo lugar y donde practican el ritual del guillatun.
Que, el Paliwe es un espacio social, deportivo y ceremonial donde se practica el juego ancestral denominado Palin, cuyo ejercicio también tiene connotaciones ritualísticas, que se localiza en un terreno comunitario destinado exclusivamente para dicha finalidad.
Que, el Eltun, o cementerio antiguo de la comunidad de Putue, es un espacio destinado a las sepultaciones de antiguos linajes que mantiene un carácter histórico y es visitado periódicamente por miembros de la comunidad, y,
Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo Nº 19 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión de 13 de septiembre de 2006 del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 3956 de 14 de noviembre de 2006, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; Presentación del "Complejo Religioso y Ceremonial de Putue", de agosto de 2006; Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo 1º: Declárase Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Guillatuwe, el Paliwe y el Eltun del Complejo Religioso y Ceremonial de la Comunidad Mapuche Pedro Ancalef, ubicados en la localidad de Putue, comuna de Villarrica, provincia de Cautín, IX Región de la Araucanía.
Los espacios que se protegen son los siguientes y sus límites se señalan en el plano ajunto que forma parte del presente decreto:
a) Guillatuwe, cuyos límites se marcan en el polígono con la letras: A-B-C-A y sus coordenadas:
GPS noroeste: A 734610E
5651318N
GPS sureste: B 734630E
5651200N
GPS suroeste: C 734553E
5651301N
b) Paliwe, cuyos límites se marcan en el polígono, con las letras: D-E-F-G-D y sus coordenadas:
GPS oeste: D 733783E
5652052N
GPS este: E 733862E
5652005N
GPS sur: F 733848E
5651922N
GPS norte: G 733747E
5651966N
c) Eltun o cementerio antiguo, cuyos límites se marcan en el polígono, con las letras: H-I-J-H y sus coordenadas:
GPS sureste: H 733041E
5651526N
GPS este: I 733042E
5651545N
GPS noreste: J 733045E
5651550N
GPS norte: K 733031E
5651553N
GPS noroeste: L 733024E
5651554N
GPS oeste: M 733019E
5651545N
GPS suroeste: N 733017E
5651530N
Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Yasna Provoste Campillay, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted.- Carlos Concha Albornoz, Subsecretario de Educación (S).