APRUEBA PROTOCOLO DE ENSAYO PARA LA CERTIFICACION DEL PRODUCTO ELECTRICO QUE INDICA

    Núm. 29 exenta.- Santiago, 5 de enero de 2007.- Visto: Lo dispuesto en la ley 18.410, Orgánica de esta Superintendencia, y en la resolución exenta Nº520, de 1996, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

    Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º Nº14, de la ley Nº18.410, corresponde a esta Superintendencia establecer las pruebas y ensayos que deben realizar los laboratorios o entidades de control de seguridad y calidad, para otorgar los certificados de aprobación a los productos eléctricos, de gas y de combustibles líquidos que cumplan con las especificaciones normales y no constituyan peligro para las personas o cosas.

    Resuelvo:

    1º Aprueba el protocolo que a continuación se indica, para la certificación del producto que se señala:

      AREA          ILUMINACION
    Protocolo PE      Producto                Norma
        Nº
      5/06        Lámpara fluorescente con  IEC 60968
                    balasto incorporado

    2º El texto íntegro del protocolo precedentemente individualizado se encuentra en esta Superintendencia a disposición de los interesados y puede ser consultado en www.sec.cl.

    3º El citado protocolo se aplicará al producto individualizado a partir del 02.02.2007.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Patricia Chotzen Gutiérrez, Superintendenta de Electricidad y Combustibles.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Christian Miño Contreras, Jefe Depto. Administración y Finanzas.