Artículo 40. Los poderes para asistir a las juntas generales deberán entregarse en la oficina principal de la cooperativa o en el lugar que se indique en la citación, a más tardar a las 12:00 horas del Decreto 139, ECONOMÍA
Art. único N° 45 y N° 46
D.O. 28.11.2020
quinto día anterior a la fecha en que se celebrará la junta.