Artículo 78°- Todos los traspasos de fondos, derechos y acciones que se efectúen en favor de esta Caja, en virtud de lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la presente ley, estarán exentos de toda contribución, asimismo estarán exentos de toda contribución fiscal los Fondos de Retiro, Jubilación, Montepío, Indemnización y Ahorro.