Artículo 19.o El personal de empleados de la Empresa se regirá por el Estatuto Administrativo, en cuanto sus disposiciones no sean contrarias a las del presente decreto con fuerza de ley. Sin embargo, no se aplicarán a la Empresa las disposiciones contenidas  en los artículos 5.o y 19.o y en los párrafos I del Título II y II del Título V del referido Estatuto.