Artículo 1°.- La producción, elD.F.L. Nº 1, de
1982, Minería
Art. 1º
D.O. 13.09.1982
transporte, la distribución, el régimen de concesiones y tarifas de la energía eléctrica y las funciones del Estado relacionadas con estas materias se regirán por la presente ley.