Artículo 34°.- La construcción deD.F.L. Nº 1, de
1982, Minería
Art. 33º
D.O. 13.09.1982
las obras de una concesión deberá ejecutarse con sujeción a los planos presentados, salvo modificaciones menores que no cambien fundamentalmente el proyecto, comunicadas previamente a la Superintendencia.