Artículo 38º.- La MunicipalidadD.F.L. Nº 1, de
1982, Minería
Art. 37º
D.O. 13.09.1982
mediante decreto fundado podrá suspender o dejar sin efecto un permiso de uso que haya otorgado, de acuerdo a este Capítulo, cuando compruebe que en su ejercicio no se cumple con cualquier disposición de esta ley o de sus reglamentos.