Artículo 48°.- Todas lasD.F.L. Nº 1, de
1982, Minería
Art. 47º
D.O. 13.09.1982 servidumbres que señalen los decretos de concesiones eléctricas definitivas se establecerán en conformidad a los planos especiales de servidumbres que se hayan aprobado en el decreto de concesión.
1982, Minería
Art. 47º
D.O. 13.09.1982 servidumbres que señalen los decretos de concesiones eléctricas definitivas se establecerán en conformidad a los planos especiales de servidumbres que se hayan aprobado en el decreto de concesión.