Artículo 204º.- Una vez vencidoD.F.L. Nº 1, de
1982, Minería
Art. 126º
D.O. 13.09.1982
Ley Nº 18.196
Art. 32, b)
D.O. 29.12.1982 el período de vigencia de las tarifas, y mientras no sean fijadas las nuevas, continuarán vigentes las tarifas y cláusulas de reajuste del período anterior. Los acuerdos podrán renovarse con el consentimiento de las partes siguiéndose el procedimiento del artículo 203º.
1982, Minería
Art. 126º
D.O. 13.09.1982
Ley Nº 18.196
Art. 32, b)
D.O. 29.12.1982 el período de vigencia de las tarifas, y mientras no sean fijadas las nuevas, continuarán vigentes las tarifas y cláusulas de reajuste del período anterior. Los acuerdos podrán renovarse con el consentimiento de las partes siguiéndose el procedimiento del artículo 203º.