MODIFICA DECRETO Nº 96 DE 2005, QUE REGULA BENEFICIOS PARA DEUDORES HABITACIONALES DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION

    Santiago, 29 de diciembre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 326.- Visto: El D.L. Nº 539, de 1974, el D.L.
Nº 1.305, de 1975, la ley Nº 16.391 y, en especial, lo previsto en su artículo 21, inciso cuarto, los decretos supremos Nº 96, Nº 127 y Nº 170, de 2005, Nº 10, Nº 64, Nº 134, Nº 153, Nº 215 y 238, de 2006, todos de Vivienda y Urbanismo, y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6º de la Constitución Política de la República de Chile,

    Decreto:

    Artículo único.- Modifícase el decreto supremo Nº 96, de 2005, en su texto modificado por los decretos supremos Nº 127 y Nº 170, de 2005, Nº 10, Nº 64, Nº 134, Nº 153, Nº 215 y 238, de 2006, todos de Vivienda y Urbanismo, en el sentido de sustituir en el inciso primero del artículo 8º, la fecha "31 de diciembre de 2006" por "31 de marzo de 2007".
    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.

    Anotese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.