Artículo 4.o Los gastos que demande esta ley se cubrirán:

    1.o Con una emisión especial de sellos de correo comunes y aéreos que lleven la inscripción "Pro Museo Vicuña Mackenna" y cuya confección estará a cargo de la Dirección de Especies Valoradas, y

    2.o Con donaciones particulares, las que estarán exentas de la insinuación a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil.