MODIFICA ANEXOS DE RESOLUCION EX. SII Nº 121, DE 31 DE DICIEMBRE DE 2004, QUE ESTABLECE CONDICIONES, FORMATOS Y PLAZO PARA PROPORCIONAR INFORMACION SOBRE COMPRAS DE PETROLEO DIESEL, CUYO IMPUESTO ESPECIFICO PUEDE DEDUCIRSE DEL DEBITO FISCAL, SEGUN LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 2° DE LA LEY 19.764, DE 2001, MODIFICADA POR LA LEY 19.935, DE 2004, Y POR LA LEY 20.115, DE 2006
    Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 30, de 26 de febrero de 2007, que establece:

1)  La sustitución del Anexo Nº 1, que contiene el modelo de la Declaración Jurada Nº 1.867 "Declaración Jurada Anual sobre el detalle de rendimientos de vehículos que utilizan el petróleo Diesel, en empresas de transporte terrestre de carga", que integra la resolución Ex. SII Nº 121, de 2004, por el que se acompaña a la presente resolución.
2)  La sustitución del Anexo Nº 3 de la misma resolución exenta, que contiene las instrucciones de llenado de la declaración jurada señalada en el párrafo anterior por el que se acompaña a la presente resolución.
3)  Lo dispuesto en la presente resolución regirá respecto de las Declaraciones Juradas Nº 1.867 que deban ser presentadas a partir del 30 de junio de 2007.

    El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII en febrero de 2007.