Ley núm. 10,721
CONCEDE A DOÑA HONORIA AGUILA Vda. DE MARQUEZ UNA PENSION MENSUAL CUYO MONTO INDICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia a doña Honoria Aguila, viuda del Cónsul Particular de Elección en Paranaguá, don Arturo Márquez Velásquez, y a sus hijas solteras o viudas, una pensión de $ 1.000 mensuales, con derecho a acrecer.
El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a nueve de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.