Ley núm. 10,735
ABONA EL TIEMPO QUE INDICA EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON JUAN LUCO PARADA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, cinco años en la hoja de servicios del Secretario del Juzgado del Trabajo de Chillán, don Juan Luco Parada.
El beneficiado procederá a efectuar en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas las imposiciones correspondientes a los cinco años de servicios que por esta ley se le abonan, en relación al suelde de que disfrutaba el 24 de Enero de 1939, siendo de su cargo las imposiciones patronales y las del empleado y el 2% de cesantía.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diez de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.