Ley núm. 10,998
ABONA EL TIEMPO QUE INDICA EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON DANIEL HERRERA SAN CRISTOBAL
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales y abónase en la hoja de servicios del señor Daniel Herrera San Cristóbal, notario y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas del departamento de Yungay, 18 años, 4 meses y 26 días que sirvió como Secretario Abogado de la Municipalidad de Yungay, desde el 12 de Mayo de 1918 y el 8 de Octubre de 1936.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a treinta de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.