TRANSFIERE A LA MUNICIPALIDAD DE CASTRO LOS TERRENOS GANADOS AL MAR CON LA CONSTRUCCION DEL MALECON EN LA CALLE LILLO
    Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo 1°.- Transfiérense gratuita e irrevocablemente a la Municipalidad de Castro los terrenos ganados al mar con motivo de la construcción del malecón de la calle Lillo, cuyos deslindes son: al Norte, y al Este, con el mar; al Sur, con terrenos a los cuales se refiere el artículo 3° de la ley N° 6,352, de 13 de Julio de 1939, y al Oeste, con la calle Lillo.
    Artículo 2°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, treinta de Septiembre de mil novecientos cuarenta y ocho.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- I. Holger T.