Establece una contribución adicional de un tres por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Peumo, a fin de que la Municipalidad pueda atender a la construcción de un Grupo Escolar, de casas para obreros municipales, de un Estadio Municipal y habilitación de éste, de una Casa Consistorial y de un teatro anexo, de un puente sobre el Río Cachapoal y para renovar el material del Cuerpo de Bomberos.