ORDENA QUE LA CORPORACION DE RECONSTRUCCION Y AUXILIO CONSULTARA EN SU PRESUPUESTO PARA 1949 $ 1.000.000, DESTINADO A LA MUNICIPALIDAD DE CHANCO, PARA LOS FINES QUE INDICA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1°.- La Corporación de Reconstrucción y Auxilio consultará, en su Presupuesto para el año 1949, la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000), que destinará y entregará a la Municipalidad de Chanco para que ésta invierta dicha cantidad, libremente, en la instalación de una planta nueva de alumbrado eléctrico para la comuna o atienda al mejoramiento de la existente.
    La inversión a que se refiere el inciso anterior la podrá hacer la Municipalidad directamente o por intermedio de la Dirección General de Servicios Eléctricos.

    Artículo 2°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a once de Octubre de mil novecientos cuarenta y ocho.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Alessandri R.