DECLARA EXENTO DE LAS CONTRIBUCIONES A LOS BIENES RAICES, POR UN PERIODO DE 5 AÑOS, A LOS PABELLONES DE EMERGENCIA CUYA UBICACION SEÑALA EN LA CIUDAD DE CONCEPCION
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1°.- Decláranse exentos de las contribuciones a los bienes raíces, por un período de cinco años, a los pabellones de emergencia ubicados en la calle Víctor Lamas sin número, del Parque Ecuador, de la ciudad de Concepción, inscritos en el rol respectivo bajo el número 2,642, y que son de propiedad de la Caja de Previsión de Empleados Particulares.
    También estarán exentos de esos impuestos los ocupantes de dichos pabellones.

    Artículo 2°.- Condónanse las contribuciones e intereses penales devengados y adeudados por la Caja de Previsión de los Empleados Particulares en relación con los pabellones de emergencia a que se refiere el artículo precedente.

    Artículo 3°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a once de Octubre de mil novecientos cuarenta y ocho.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Alessandri R.