Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica:
1) En su artículo 1°:
a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Corral; y".
b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Región Metropolitana de Santiago", lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):
"m) Decimocuarta Región de los Ríos:LEY 20252
Art. 6 Nº 3
D.O. 15.02.2008
Art. 6 Nº 3
D.O. 15.02.2008
Valdivia, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;".
2) En su artículo 13:
a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones "Dos", la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones "Corral, y", y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión "Un", la primera vez que aparece en el texto, y "Lago Ranco;".
b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):
"7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:
"Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:
A.- JUZGADOS CIVILES:
Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;
B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMUN:
Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;
Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;
Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión,LEY 20252
Art. 6º Nº 4
D.O. 15.02.2008 con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;
Art. 6º Nº 4
D.O. 15.02.2008 con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y
Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.".
3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:
a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Corral, y".
b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Región Metropolitana de Santiago", lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):
"m) Decimocuarta Región de los Ríos:
Valdivia, con dos jueces, con competencia sobreLEY 20252
Art. 6º Nº 5
D.O. 15.02.2008 las comunas de Valdivia y Corral;".
Art. 6º Nº 5
D.O. 15.02.2008 las comunas de Valdivia y Corral;".