REEMPLAZA EN LA ORDENANZA LOCAL, CAPITULO IV:
"DISPOSICIONES GENERALES PARA LAS ZONAS URBANAS", ORDENANZA DE ESTACIONAMIENTOS
    Núm. 748.- Temuco, 26 de abril de 1995.- Vistos:
    1.- El Plano Regulador de Temuco y su Ordenanza Local aprobada por Decreto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo N° 100 del 14/07/83, publicado en el Diario Oficial del 08/09/83, y sus posteriores modificaciones a la fecha.
    2.- La Ley General de Urbanismo y Construcciones en su Art. N° 43.
    3.- La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Decreto N°47 del MINVU de fecha 17 de Mayo de 1992 y sus modificaciones.
    4.- El Oficio Ordinario N° 32 de la Dirección de Obras Municipales de fecha 18.01.93.
    5.- El Oficio Ordinario N° 512 de la Dirección de Obras Municipales de fecha 18.01.93.
    6.- La Toma de Conocimiento del Concejo Municipal según Sesión del 21.12.93 que da inicio a la tramitación de la Modificación.
    7.- Las publicaciones en Diario Austral los días 08.01.94 y 11.01.94 que indicaban la exposición pública de la Modificación en el Hall Municipal, Prat 650.
    8.- El Certificado Especial del 25.03.94, de Secretaría Municipal en que certifica que se expuso al público en Hall Municipal del Municipio, nueva Ordenanza de Estacionamientos durante 30 días entre el 12.01.94 y el 11.02.94 inclusive y que no existieron reclamaciones en los 15 días subsiguientes hasta el 25.03.94.
    9.- El Decreto Alcaldicio N° 10 del 06.01.94 que sanciona la Ordenanza de Estacionamientos.
    10.- El Of. N° 427 del 25.03.94 de Alcaldía en que remite antecedentes de la Modificación al Plan Regulador Comunal.
    11.- El Of. N° 837 del 03.05.94 del SEREMI MINVU que devuelve documentación, requiriendo que la Aprobación del Concejo Municipal y el Decreto Alcaldicio sean posteriores al período de exposición y reclamación.
    12.- La aprobación del Concejo Municipal en Sesión del 21.03.95 contenido en su Of. N° 37 del 22.03.95.
    13.- El Ordinario N° 00790 de fecha 12.07.95 de la SEREMI MINVU IX Región.
    14.- Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    D e c r e t o:

    1. Reemplázase en la Ordenanza local, Capítulo IV: "Disposiciones Generales para las Zonas Urbanas", Art. N° 16 el texto existente por lo que se indica:

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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.449 DEL MARTES 23 DE |
|      ABRIL DE 1996, PAGINA 4.                      |
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    2.- Remítanse todos los antecedentes a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo IX Región, para la prosecución del trámite aprobatorio.

    Anótese, comuníquese, publíquese y distribúyase a todas las direcciones municipales.- René Saffirio Espinoza, Alcalde.- Juan Araneda Navarro, Secretario Municipal.