PRORROGA HASTA LA FECHA QUE INDICA LOS EFECTOS DE LA LEY N.8,978, RELACIONADA CON EL CODIGO DE AGUAS
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente,

    Proyecto de ley:


    "Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 17 de Septiembre de 1949 los efectos de la ley N° 8,978, de 11 de Agosto del año en curso, por la cual se suspendió la vigencia del Código de Aguas aprobado por ley número 8,944, de 21 de Enero de 1948, continuando vigente hasta esa misma fecha el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 8,978, ya mencionada.

    Artículo 2°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, treinta de Diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Luis F. Letelier.- Ernesto Merino S.